Primero te presentamos el caso práctico (con todos los datos necesarios para la resolución del mismo). Debes tener en cuenta que si hay algo no indicado en el texto, es que no se ha producido.
Caso 1
Mujer de 40 años con diagnóstico de hipertiroidismo con bocio residual tras cirugía. En tratamiento crónico con tirodril (1 comprimido cada 8 horas), con ausencia de síntomas residuales.
Paso 1
Utilizando la información del caso, revisa los distintos capítulos del Anexo III del RD 888/2022 y selecciona la tabla para la valoración de la condición de salud. Algunas condiciones de salud se pueden
valorar por distintas tablas, revisa bien los requisitos para utilizar una tabla u otra. Pulsando el botón Solución, se mostrará la resolución del caso.
Selecciona la tabla a utilizar para la valoración:
×
Para seleccionar la tabla debes tener en cuenta el diagnóstico, dado que hay una tabla específica para ello.
Solución: En el caso se describe como condición de salud la presencia de hipertiroidismo, por tanto, la tabla estará en el capítulo de Sistema endrocinometabólico. Si revisamos las tablas en dicho capítulo, existe una denominada: Criterios para la puntuación de la deficiencia secundaria a trastornos del tiroides, la tabla 12.6. Selecciona la tabla y pulsa Siguiente.
Paso 2
Al seleccionar la tabla de valoración correcta, se activará el Paso 2, mostrando la tabla seleccionada. Leela con detenimiento y selecciona el intervalo de cada uno de los criterios que se indican.
Si tienes dudas a la hora de seleccionar un intervalo, puedes acudir al botón de Ayuda. Pulsando el botón Solución, se mostrará la resolución del caso.
Revisa las tablas de valoración e indica los intervalos de gravedad de los criterios indicados
Criterios
Intervalo 0
Intervalo 1
Intervalo 2
Anamnesis
Pruebas objetivas
CCT
×
Para seleccionar el intervalo de gravedad, se debe tener en cuenta lo indicado en el punto 4. Criterios generales de graduación de los hallazgos clínicos y en el funcionamiento en la realización
de las AVD, del anexo III del RD 888/2022.
Solución: En el caso se describe la presencia de un trastorno tiroideo, sin síntomas residuales y con tratamiento. Por tanto, el intervalo del criterio de Anamnesis (Criterio Principal),
es el 1. El siguiente cirterio es Exploración física, se describe la presencia de bocio residual, pero no se indica las medidas, de modo que se debe elegir el intervalo menor, por tanto,
el intervalo 1. Por último debemos valorar el CCT. En la introducción del capítulo 12, se indica cómo se debe calcular los puntos de CCT para el capítulo. Como en el caso se indica que toma 1
comprimido cada 8 horas, esto es, una frecuencia de dosificación mayor 2 veces al día (tabla 12.1), se obtienen 3 puntos de CCT y por tanto se debe seleccionar el intervalo 1.
Selecciona los intervalos y pulsa Siguiente.
Paso 3
Al seleccionar los intervalos correctos, se activará este tercer y último paso. Indica los valores solicitados. Si tienes dudas a la hora de indicarlos, puedes acudir al botón de Ayuda.
Pulsando el botón Solución, se mostrará la resolución del caso.
Teniendo en cuenta los intervalos de gravedad elegidos, indica el valor de ajuste neto de grado de deficiencia, la deficiencia ajustada y % deficiencia:
Solución: El valor de ajuste neto se obtiene de la siguiente fórmula: (Intervalo Exploración física [CSA1] - Intervalo Anamnesis [CP]) + (Intervalo CCT [CSA2] - Intervalo Anamnesis[CP]) =
(1-1) + (1-1) = 0. Utilizando la tabla de más abajo (donde los valores se corresponden con los valores del intervalo del CP- Anamnesis de la tabla 12.6), obtenemos el valor de la deficiencia ajustada: 3%.
Siguiendo la metodología general de valoración del grado de deficiencia, una vez determinados los intervalos de gravedad, se procede al cálculo del ajuste neto de grado siguiendo la siguiente fórmula: Valor de ajuste neto de grado deficiencia
= (CSA1-CP) + (CSA2-CP) + (CSA3-CP)
-2
-1
0
1
2
1
2
3
4
5
Por último el % Deficiencia es la suma de la Deficiencia ajustada + CCT. Como en este capítulo no se añade el CCT calculado, el resultado es 3%. Indica los valores y pulsa Corregir.
En función de si los valores indicados son correctos o no, se indicará ejercicio Correcto o Ejercicio Incorrecto. Ten en cuenta que las explicaciones dadas aquí sobre como obtener los resultados no aparecen
durante el curso, dado que es el razonamiento que debes realizar utilizando el RD 888/2022 para llegar al resultado.
×
Siguiendo la metodología general de valoración del grado de deficiencia, una vez determinados los intervalos de gravedad, se procede al cálculo del ajuste neto de grado siguiendo la siguiente fórmula: Valor de ajuste neto de grado deficiencia = (CSA1-CP) + (CSA2-CP) + (CSA3-CP)
Deficiencia ajustada:
-2
-1
0
1
2
A
B
C
D
E
Deficiencia= Deficiencia ajustada + Carga Cumplimiento del Tratamiento (si se debe aplicar, se indica al inicio del capítulo o al final de la tabla)
Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.